Banco Galicia y Procrear - Solución Casa Propia
Créditos hipotecarios Procrear - Solución Casa Propia del Banco Galicia
La TNA es del 6,90%
CFTEA: 7,12%(*)
(*) Línea de préstamo exenta de IVA.
Si acreditás tus haberes en Banco Galicia accedés a una TASA PREFERENCIAL. La TNA para vos es del 4,90%
CFTEA: 5.01%(*)
(*) Línea de préstamo exenta de IVA.
El porcentaje máximo de RCI es del 25%. Esta relación cuota-ingreso se establece de manera que el deudor pueda afrontar el importe de las cuotas sin afectar su capacidad de pago y se tiene en cuenta que sus ingresos pueden no seguir la evolución de la UVA. Esto significa que la cuota inicial podrá ser de hasta el 25% de los ingresos netos.
Todas aquellas personas/familias que hayan resultado elegidas por ANSES luego de haberse inscripto en su página web(procrear.anses.gob.ar/casa-propia) serán las que podrán acceder a este tipo de subsidio del Programa Procrear.
Los beneficiarios tendrán 60 días para hacer el trámite bancario (en los 14 bancos participantes), y 6 meses para concretar la operación de compra y acceder al crédito. En el momento de la escrituración se recibirá el dinero proveniente del subsidio estatal.
• Gasto de tasación: A CARGO DEL BANCO.
• Honorarios de la escribanía: A cargo del comprador.
• Por constitución de hipoteca: A CARGO DEL BANCO.
• Por la operación de compra: 1% + IVA s/valor del inmueble (*)(**), salvo para los siguientes casos:
> Mendoza:1,6%
> Misiones: 2,0%
> Santa Fe: 1,2%
• Otros gastos: Impuestos, tasas y sellos.
• Seguro de vida: A CARGO DEL BANCO.
• Seguro de incendio: A CARGO DEL BANCO.
(*) A cargo del comprador.
(**) Este honorario sólo aplica en el caso que el cliente decida designar, como escribano para la escritura de compra-venta, al mismo escribano que el Banco designe para la escritura hipotecaria.
• Impuestos, tasas y sellados: Son cargas oficiales y públicas de aplicación corriente en las escrituras que varían de acuerdo a la jurisdicción donde se realiza la misma. (Impuesto de sellos, Aporte notarial, Inscripción en el Registro, etc.).
• Liberación de certificados, trámites y diligencias, estudio de Títulos, Impuesto a la transferencia de Inmuebles, Impuesto de sellos (si no estuviese exenta la operación), Certificado de dominio e inhibición, planilla de DGI, retención de Impuesto a las Ganancias, certificados administrativos, etc.